martes, 12 de enero de 2010

Los usuarios ya pueden evitar el bombardeo publicitario por teléfono

Posted on 11:27 by Quantum Consultores


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Una nueva ley permite a los consumidores oponerse a recibir ofertas comerciales y prohíbe a las compañías llamar con número oculto


Unas veces hacen de despertador, otras interrumpen reuniones de trabajo, quiebran la plácida hora de la siesta o incordian de noche, cuando el usuario de la línea regresa cansado del trabajo. Son las denominadas llamadas publicitarias no deseadas, también conocidas como 'spam' telefónico. En los últimos meses, las operadoras de móviles y las entidades financieras han recrudecido su guerra por captar clientes, lo que ha multiplicado esta práctica abusiva e indiscriminada que suele enmascararse bajo números privados para indefensión de los sufridores consumidores.
Por suerte, desde el pasado 1 de enero existe una nueva arma legal para combatir estas comunicaciones tan molestas. Dispuesto a atajar esta agresiva fórmula comercial, el pasado 22 de diciembre el pleno del Congreso aprobó por unanimidad una norma que modifica el régimen legal de la competencia desleal y la publicidad ilícita, mejora la protección de los consumidores y contempla entre sus medidas la posibilidad de que el usuario pueda oponerse a recibir ofertas comerciales desde que se produzca la primera llamada.
El texto legal, publicado en BOE el 31 de diciembre y ya en vigor, traspone al ordenamiento jurídico dos directivas europeas que determinan que los ciudadanos que sean víctimas de 'spam' telefónico podrán negarse a recibir más llamadas relacionadas con la misma propuesta comercial, negativa que la empresa tiene la obligación de registrar y acatar.
Así, en su artículo 29, la ley 29/2009 recoge que se considera desleal por agresivo realizar «propuestas no deseadas y reiteradas por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia, salvo en las circunstancias y en la medida en que esté justificado para hacer cumplir una obligación contractual». En este sentido, la norma señala expresamente que el empresario o profesional deberá utilizar en estas comunicaciones «sistemas que permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a seguir recibiendo propuestas comerciales». Para que el usuario pueda ejercer tal derecho, la ley establece que las llamadas deberán realizarse «desde un número de teléfono identificable», lo que pone coto a las misteriosas llamadas ocultas.
Dos meses de plazo
Una vez aclarados los derechos de los consumidores, el texto legal fija un plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la ley para que los empresarios que hagan uso de estas prácticas comerciales dispongan del sistema oportuno para dejar constancia de dicha oposición tras la primera llamada. Este sistema será también obligatorio para aquellas empresas que realicen ofertas vía fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia.
A juicio de los expertos, esta regulación permite avanzar un paso más en la erradicación del tedioso 'spam'. Sin embargo, desde las organizaciones de consumo coinciden en que la norma arrastra muchos flecos que deberán pulirse en un futuro. De hecho, denuncian que aún habiendo entrado en vigor dicha regulación, las compañías no han dejado de bombardear con llamadas a horas intempestivas. «Por ahora la ley no se está cumpliendo. Nos consta que se sigue asaltando a los consumidores hasta en sus momentos de descanso como el mediodía o la noche. Nuestro consejo es que si reciben estas llamadas se exija la identificación del operador y se le denuncie», detalla María Huelin, vicepresidenta de la Asociación de Consumidores Al-Andalus.
Desde Facua comparten este planteamiento y critican la dificultad que encuentra el usuario para demostrar que le han llamado ilícitamente. «El Ministerio de Industria no ha demostrado ningún interés por establecer una solución definitiva a este problema», señala su portavoz.
Una ley con lagunas
En la misma línea, el presidente de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), Alejandro Perales, lamenta que no se haya aprovechado para crear una herramienta que impida toda comunicación comercial no deseada, a menos que el usuario manifieste lo contrario. «Tal y como está la ley se puede solicitar el rechazo de las comunicaciones, pero para eso primero hay que recibir la llamada de de las empresas y, sólo entonces, reclamar la baja de sus ficheros una por una», indica.
Ningún organismo oficial maneja datos sobre la cantidad de llamadas de este tipo registradas en España; no obstante, un informe del CSI concluye que más del 68% de abonados a líneas fijas o móviles de teléfono han recibido llamadas o sms con fines publicitarios. Las organizaciones de consumo y la propia Agencia de Protección de Datos alertan de que las denuncias no dejan de crecer

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